martes, 9 de diciembre de 2008

60 años haciendo valer los DDHH

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El 10 de diciembre se conmemoran 60 años de la Declaración de los Derechos Universales y el mismo día se cumple el primer año de la modificación de la Ley Orgánica de Protección de Niños y Adolescentes en Venezuela.

El 10 de diciembre del año 1948, por unanimidad, la Asamblea General de Naciones Unidas, aprobó la Declaración de los Derechos Universales. Por tanto el próximo miércoles se cumplen sesenta años de esa vital declaración.

En aquel momento, los representantes de los países que integraron la plenaria de las Naciones Unidas, una vez finalizada la Segunda Guerra Mundial, establecen como norma internacional, el respecto a la dignidad y condición humana de todos los habitantes de la tierra.

Para ello, fijaron en la Declaración, treinta artículos, en los cuales se agrupan los detalles más importantes del Honor, Principios y Moral de la sociedad universal.

Los diez primeros

El primer artículo de la Declaración, establece que los hombres (de forma genérica se indica hombre y mujeres) nacen libres e iguales. En segundo lugar se establece que nadie podrá ser discriminado por razones de sexo, raza ni religión. El tercer artículo habla del Derecho a la Vida y a la Libertad. El cuarto artículo trata sobre el hecho de que nadie puede ser sometido a la esclavitud.

El quinto articulo, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se refiere específicamente recalca No a la Tortura. El sexto señala el Derecho a ser reconocido como persona social y por tanto el artículo siete habla del Derecho jurídico o la igualdad ante la Ley.

El artículo ocho señala que el hombre es libre actuar contra actos que violenten sus Derechos. El número nueve, indica que nadie podrá ser desterrado o detenido arbitrariamente. Y el numero diez habla del Derecho de los Hombres de ser enjuiciado por un Tribunal Independiente.

Presunción de Inocencia

Los próximos veinte artículos más de la Declaración de los Derechos Universales se refieren a: el 11, a que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario. El artículo 12 habla del Derecho a la privacidad y a la protección. El 13 se refiere al Derecho a circular libremente. El artículo 14 precisa, el Derecho a solicitar asilo. El 15, el Derecho a la nacionalidad. El número 16 trata del Derecho contraer matrimonio libremente y a la protección de la familia. El artículo 17 es el referido al Derecho a la Propiedad Privada sea individual o colectiva.

El artículo 18 de los Derechos Humanos, vigente desde hace sesenta años, corresponde al Derecho de Conciencia y Religión, mientras que el artículo 19 es el que puntualiza, el Derecho a la Libertad de expresión, de estar informado y el derecho a la comunicación libre y sin censura. Por ende, el artículo 20 dice que todos tenemos Derecho a reunirnos y organizarnos.

Justicia Social

Los últimos diez artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos articulan los veinte anteriores y señalan: el 21 que tenemos Derecho a ejercer nuestra conducta política y social. El 22 habla sobre el Derecho a la Libertad Social. El 23 se refiere al Derecho al Trabajo y a un salario justo, incluyendo la formación de sindicatos. El artículo 24 se refiere al Derecho a la esparción y entretenimiento es decir, al descanso y el tiempo libre.
El artículo 25 de la Carta Fundamental de los Derechos Universales trata sobre el Derecho a la Asistencia Social, sea en el área de la salud, la vivienda y los servicios públicos. El 26 particularmente habla del Derecho a la Educación.

El 27 se vincula a lo cultural, por tanto, a crear y disfrutar de una cultura propia. El artículo 28 expresa que todo hombre tiene Derecho a un justo orden social e internacional. El único articulo referido a los Deberes es el 29 que señala, que todos tenemos el Deber de respetar a la comunidad y a lo comunitario. Por último, el articulo 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aplicando el mismo Principio de lo que señala el articulo 350 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que dice: nadie podrá suprimir ninguno de éstos Derechos.

Pura coincidencia

Hace 60 años, los representes de todos los países civilizados de nuestro planeta, gracias a una participación, cívica y consolidada, suscribieron 30 enunciados con los cuales se evitaría en el futuro, volver a colocar en riesgo a nuestra especie, pues la segunda guerra mundial tuvo un final de profundo dolor y muerte.

Hoy todos los países, toman como norte y el respeto a la Declaración de los Derechos Humanos, salvo muy escasos casos. Desde éste espacio, celebramos que el Principio Universal de respeto a la igualdad y a la fraternidad esté en plena vigencia.

Por coincidencia, en nuestro País, también cumplimos un año de la promulgación de la modificación de la Ley de Protección de Niños y Adolescentes, es decir el miércoles 10 de diciembre, hace exactamente un año, está vigente una LOPNA modificada en casi la mitad de su articulado y erradicando la participación efectiva de la sociedad en las políticas publicas referidas a la infancia y adolescencia en nuestro País.

Los derechos humanos son un conjunto de principios de aceptación universal, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente, orientados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensión individual y social, material y espiritual.

La promoción y protección de los derechos humanos ha sido una de las mayores preocupaciones para las Naciones Unidas desde 1945, fecha en la cual los países fundadores de la organización, acordaron impedir que los horrores de la Segunda Guerra Mundial se reproduzcan.

Tres años después, en la Declaración Universal de los Derechos del Humanos, la Asamblea General exprimió que el respeto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona humana "son los fundamentos para la libertad, justicia y paz en el mundo". En 1950 la Asamblea General invitó a todos los Estados miembros y a las organizaciones interesadas a que observaran el 10 de diciembre de cada año como "Día de los Derechos Humanos".

El tema para el 2008 del Día de los Derechos Humanos es "Dignidad y justicia para todos nosotros", el cual refuerza la visión de la Declaración Universal de Derechos Humanos como compromiso con la dignidad y la justicia a escala universal. La Declaración Universal de Derechos Humanos y sus valores básicos, la dignidad humana inherente, la no discriminación, la igualdad, la equidad y la universalidad se aplican a todos, en todos los lugares y en todo momento.

Todos los derechos de todos
Los derechos humanos son universales. Todas las personas: mujeres, hombres, niños y niñas tenemos derechos, sin importar la raza, el sexo, la cultura o la religión que tengamos, así como tampoco la nacionalidad o el lugar en que se viva. Los derechos humanos son innatos o inherentes, es decir, todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos, por eso cuando una ley viola los derechos humanos se la considera nula.

Los DDHH son inalienables e intransferibles. La persona humana no puede, sin afectar su dignidad, renunciar a sus derechos o negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los derechos de los ciudadanos. Se entiende que en situaciones extremas algunos derechos pueden ser limitados o suspendidos, pero nunca alienados.

Los derechos humanos son acumulativos, imprescriptibles o irreversibles. Como la humanidad es cambiante, las necesidades también, por ello a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados forman parte del patrimonio de la dignidad humana. Una vez reconocidos formalmente los derechos humanos su vigencia no caduca.

Los derechos humanos son inviolables. Nadie puede atentar, lesionar o destruir los derechos humanos. Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los derechos humanos, las leyes dictadas no pueden ser contrarias a éstos y las políticas económicas y sociales que se implementan tampoco.

Los derechos humanos son obligatorios. Imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga. Queda claro entonces que es obligatorio respetar todos los derechos humanos que existan en nuestras leyes y también aquellos que no lo están aún.

Los derechos humanos trascienden las fronteras nacionales. Esta característica se refiere a que la comunidad internacional puede y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando los derechos humanos de su población. En este sentido, ningún Estado puede argumentar violación de su soberanía cuando la comunidad internacional interviene para requerir que una violación a los derechos humanos sea corregida.
Los DDHH son indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerarquizables. Los derechos humanos están relacionados entre sí. Es decir, no podemos hacer ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros. La negación de algún derecho en particular significa poner en peligro el conjunto de la dignidad de la persona, por lo que el disfrute de algún derecho no puede hacerse a costa de los demás.

Nuestros derechos

El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) es una organización no gubernamental, independiente y autónoma de partidos políticos, instituciones religiosas, organizaciones internacionales o gobierno alguno, que tiene como fin la promoción y defensa de los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales.

Provea busca promover la consolidación de iniciativas ya existentes y desarrollar programas propios de defensa, educación y difusión de los derechos humanos, como una instancia solidaria de orientación a sectores organizados. Pretende brindar los elementos necesarios para la defensa de sus derechos, estimulando su organización y autonomía y el acompañamiento de conflictos jurídicos con prácticas que combinen el uso de mecanismos legales y extra-jurídicos.

Es su misión la defensa y promoción de los derechos económicos, sociales y culturales, que tiene como fin la plena realización de los derechos humanos y el respeto al Estado de Derecho, en el marco de una sociedad democrática y participativa. Toda acción que lleva a cabo Provea busca beneficiar a las víctimas o potenciales víctimas a las que el Estado no les garantiza o les viola sus derechos humanos, propiciando su protagonismo y la concientización de sus derechos.

u visión es contribuir en la creación de una sociedad democrática, participativa y justa, que se desarrolle en el marco de un Estado democrático que garantice la efectiva vigencia de la justicia social y el pleno respeto de los derechos humanos, fundamentando su acción en la Declaración Universal de Derechos Humanos, los instrumentos y declaraciones internacionales y regionales de protección y promoción de los mismos, las disposiciones contenidas en la Constitución y normas nacionales coherentes con los derechos humanos.

ddas Pujadas
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Sigamos juntos construyendo puentes Gente con Gente

William Requejo Orobio


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